Criterio DGT. Consulta Vinculante 4038/16. Computo “lógico” días aplicación 7p.

Mediante el presente, queremos compartir la reciente Consulta V4038-16 de fecha 22 de septiembre de 2016, relativa al cómputo de días de la exención por trabajos realizados en el extranjero, y en especial a los descansos de trabajo en ciertos sectores de actividad.

Quizás de una primera lectura, la resolución de la DGT pudiera parecer lógica y obvia, pero tratándose del 7p, estos dos calificativos cobran una especial trascendencia, más si analizamos esta consulta contraponiéndola con la CV1030-16, también reciente de fecha 15 de marzo de 2016 y a nuestro modo de ver, contradictorias; la de marzo, carente de justificación alguna y la de octubre, como decíamos lógica y obvia.

Jordi Vilardell

Director Jv-Fex Fiscalidad del Expatriado

Socio RSM Spain

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Qué servicios podemos ofrecerte

Desde hace años, desde Jv-Fex como miembro de la Firma Internacional RSM, venimos prestando, más allá de la divulgación del contenido que se encuentra en el blog, servicios relacionados con la aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero, así como la gestión de personal desplazado y expatriado.

La pertenencia a la 6ª Firma Internacional de Servicios Profesionales y de Auditoria nos permite asesoramiento global de calidad y confianza, tal como se nos exige desde RSM Internacional.

Con los años, Jv-Fex se ha convertido en firma referente en la aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero, prestando actualmente los siguientes servicios, tanto a trabajadores como a empresas y grupos internacionales.

Servicios al TRABAJADOR:

  • Preparación de declaraciones de IRPF con aplicación del 7p así como seguimiento posterior del expediente hasta la obtención de la estimación de la aplicabilidad de la exención.
  • Gestión de procedimientos de rectificación de autoliquidación de IRPF de ejercicios no prescritos en aplicación de la exención.
  • Defensa de expedientes en los que el contribuyente ha iniciado la reclamación de la exención, tanto en fase de Gestión Tributaria, en fase Económica-Administrativa o Jurisdiccional, en el caso de ser necesario.
  • Preparación informe y asesoramiento en situaciones de movilidad.
  • Gestión de declaraciones de IRNR (No residentes).

Servicios a la EMPRESA:

  • Implementaciones de políticas internas de aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero.
  • Seguimiento y asesoramiento en procedimientos de comprobación e inspección tributaria relativos a la aplicación del 7p por parte de la empresa.
  • Revisión de políticas de asignación internacional.
  • Asesoramiento en materia de asignaciones internacional.
  • Soporte gestión mensual exención 7p.
  • Soporte campaña IRPF trabajadores afectados 7p