DECÁLOGO del desplazado y expatriado para la declaración del IRPF 2014.

 

Si bien es cierto que todavía quedan tres meses para empezar a confeccionar la próxima declaración de Renta correspondiente al ejercicio de 2014, no menos cierto es que muchos de los desplazados y expatriados que decidieron acogerse a la exención por trabajos realizados en el extranjero (el famoso 7p) todavía siguen esperando una devolución que promete, en la mayoría de casos, ser larga y costosa. Igualmente ocurre con no residentes que han solicitado la devolución de retenciones soportadas en exceso.

Lo cierto, es que en ningún caso existe el remedio para evitar que esta circunstancia nos vuelva a ocurrir en la nueva renta a presentar entre mayo y junio, si bien, debemos empezar ya a plantearnos cual será nuestra tributación, la documentación que precisaremos para justificar nuestros desplazamientos así como el resto de requisitos exigidos para la aplicación del 7p en el caso que ésta fuera aplicable.

Es precisamente por esta razón, que a continuación adjuntamos, por si puede servir de ayuda, el DECALOGO del desplazado y expatriado a los efectos de la declaración de la renta de 2014.

1.-Empecemos limpios: Intentemos acelerar los expedientes pendientes de resolución correspondientes a la renta del 2013, mediante la figura de la caducidad en los supuestos que sea posible y así nos centramos en el nuevo calvario que se avecina.

 

2.- Informémonos acerca de nuestra residencia fiscal así como de las posibilidades reales de aplicación del 7p, sus requisitos y posibilidades de éxito. En el supuesto de ser no residentes y haber soportado retenciones en España (antes del desplazamiento) preparémonos para la devolución mediante el modelo 210.

 

3.- Recopilemos desde ya mismo, todos los justificantes de los vuelos, hoteles, apartamentos y visados de que dispongamos en aras a justificar el efectivo desplazamiento al extranjero a efectos de la aplicación del 7p o, en su caso, vayamos solicitando certificados de residencia fiscal en el extranjero en el supuesto de querer recuperar retenciones soportadas en España incorrectamente si debemos considerarnos no residentes.

 

4.- Busquemos el apoyo de la empresa y solicitemos los certificados de estancias en el extranjero que en gran medida nos ayudarán en nuestro nuevo periplo.

 

5.- Preparemos la descripción de los proyectos y nuestras funciones puesto que tarde o temprano nos lo pedirán, más ahora que los tenemos frescos.

 

6.- Valoremos la conveniencia de aplicar la exención del 7p ya sea directamente en la declaración de renta o posteriormente mediante solicitud de ingresos indebidos una vez obtenida la devolución por otros conceptos.

 

7.- Anticipémonos Ojo que nos va a prescribir la opción de pedir devoluciones del ejercicio de 2010. Veamos si podemos aplicar la exención en 2010, 2011, 2012 y 2013.

 

8.- Asesorémonos correctamente con un buen especialista puesto que se trata de una materia extremadamente confusa y conflictiva.

 

9.- Armémonos de paciencia para lidiar con la Administración y los nuevos requisitos que se pueda sacar de la manga para las declaraciones de 2014.

 

10.- Sigamos luchando para que la empresa aplique la exención en nómina en 2015 y así nos ahorramos tener que consultar el nuevo decálogo para 2015.

Saludos cordiales.

Jordi Vilardell Casas

Socio

 

 

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Qué servicios podemos ofrecerte

Desde hace años, desde Jv-Fex como miembro de la Firma Internacional RSM, venimos prestando, más allá de la divulgación del contenido que se encuentra en el blog, servicios relacionados con la aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero, así como la gestión de personal desplazado y expatriado.

La pertenencia a la 6ª Firma Internacional de Servicios Profesionales y de Auditoria nos permite asesoramiento global de calidad y confianza, tal como se nos exige desde RSM Internacional.

Con los años, Jv-Fex se ha convertido en firma referente en la aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero, prestando actualmente los siguientes servicios, tanto a trabajadores como a empresas y grupos internacionales.

Servicios al TRABAJADOR:

  • Preparación de declaraciones de IRPF con aplicación del 7p así como seguimiento posterior del expediente hasta la obtención de la estimación de la aplicabilidad de la exención.
  • Gestión de procedimientos de rectificación de autoliquidación de IRPF de ejercicios no prescritos en aplicación de la exención.
  • Defensa de expedientes en los que el contribuyente ha iniciado la reclamación de la exención, tanto en fase de Gestión Tributaria, en fase Económica-Administrativa o Jurisdiccional, en el caso de ser necesario.
  • Preparación informe y asesoramiento en situaciones de movilidad.
  • Gestión de declaraciones de IRNR (No residentes).

Servicios a la EMPRESA:

  • Implementaciones de políticas internas de aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero.
  • Seguimiento y asesoramiento en procedimientos de comprobación e inspección tributaria relativos a la aplicación del 7p por parte de la empresa.
  • Revisión de políticas de asignación internacional.
  • Asesoramiento en materia de asignaciones internacional.
  • Soporte gestión mensual exención 7p.
  • Soporte campaña IRPF trabajadores afectados 7p