Ejercicio 2018. A tiempo de articular 7p en la empresa

Finalizamos un nuevo ejercicio sin que muchas empresas hayan articulado a nivel interno (7p en la nómina) la aplicación de la exención por trabajos en el extranjero (articulo 7.p) de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), limitándose a la emisión de certificados a medida que sus trabajadores lo requieren, sin que los mismos sean garantía de éxito frente a la AEAT, como muchas empresas y trabajadores perfectamente han constatado.

Debemos recordar que la exención, no sólo nos permite la optimización de la tributación de los trabajadores, sino que nos permite una fidelización de éstos. En un momento de crecimiento económico como el actual, son muchas las empresas españolas que mantienen su expansión internacional, con el obligado desplazamiento y expatriación de trabajadores al extranjero. Es por ello que, una buena planificación de la tributación del personal desplazado resulta en los tiempos actuales, cuanto menos, muy recomendable por no decir obligatorio.

En este sentido, son muchas las empresas que a fecha actual están recibiendo solicitudes de sus trabajadores para que RRHH les facilite un certificado justificativo de los desplazamientos al extranjero, fruto de los requerimientos y propuestas de liquidación que está emitiendo la Administración Tributaria en relación con la aplicación de la exención aplicada por el trabajador en su última declaración de IRPF. Es precisamente en este momento, que la empresa se plantea que contenido deben tener dichos certificados que faciliten por un lado el derecho de sus trabajadores a la exención sin poner en tela de juicio sus políticas de refacturación de costes.

Desde este blog, no hemos cesado de exponer la necesidad de aplicar la exención en nómina, más cuando la misma puede aplicarse en varios estadios, dependiendo de las políticas internas e idiosincrasia de cada empresa.

En este sentido nos permitimos remitir nuevamente a nuestro post de fecha 19 de septiembre de 2016, donde exponíamos estos distintos estadios y nos poníamos a disposición de la empresa para la implementación interna de la exención.

 

A tal efecto y dado que, como indicábamos nos encontramos al inicio del 4 trimestre del presente ejercicio fiscal, invitamos a las empresas a revisar todas sus políticas internas en aras a poder aplicar la exención a partir de este mismo ejercicio de 2018, sin necesidad de dejar pasar un año más.

Desde Jv-Fex y RSM, como siempre nos ponemos a disposición de la empresa para acompañarlos en este proyecto.

 

Jordi Vilardell Casas

Director Jv-Fex Fiscalidad & Expatriado

 

On Trend

Entradas relacionadas

Qué servicios podemos ofrecerte

Desde hace años, desde Jv-Fex como miembro de la Firma Internacional RSM, venimos prestando, más allá de la divulgación del contenido que se encuentra en el blog, servicios relacionados con la aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero, así como la gestión de personal desplazado y expatriado.

La pertenencia a la 6ª Firma Internacional de Servicios Profesionales y de Auditoria nos permite asesoramiento global de calidad y confianza, tal como se nos exige desde RSM Internacional.

Con los años, Jv-Fex se ha convertido en firma referente en la aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero, prestando actualmente los siguientes servicios, tanto a trabajadores como a empresas y grupos internacionales.

Servicios al TRABAJADOR:

  • Preparación de declaraciones de IRPF con aplicación del 7p así como seguimiento posterior del expediente hasta la obtención de la estimación de la aplicabilidad de la exención.
  • Gestión de procedimientos de rectificación de autoliquidación de IRPF de ejercicios no prescritos en aplicación de la exención.
  • Defensa de expedientes en los que el contribuyente ha iniciado la reclamación de la exención, tanto en fase de Gestión Tributaria, en fase Económica-Administrativa o Jurisdiccional, en el caso de ser necesario.
  • Preparación informe y asesoramiento en situaciones de movilidad.
  • Gestión de declaraciones de IRNR (No residentes).

Servicios a la EMPRESA:

  • Implementaciones de políticas internas de aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero.
  • Seguimiento y asesoramiento en procedimientos de comprobación e inspección tributaria relativos a la aplicación del 7p por parte de la empresa.
  • Revisión de políticas de asignación internacional.
  • Asesoramiento en materia de asignaciones internacional.
  • Soporte gestión mensual exención 7p.
  • Soporte campaña IRPF trabajadores afectados 7p